La campaña de la Renta 2024-2025 ya está en marcha
La campaña de la Declaración de la Renta comenzó oficialmente el pasado 2 de abril de 2025. Desde ese momento, los contribuyentes pueden consultar su borrador y sus datos fiscales a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Modalidades disponibles para presentar la Renta
- Presentación telemática: A través de la web de la Agencia Tributaria.
- Presentación telefónica: Disponible desde el 29 de abril, previa solicitud de cita.
Fecha límite para presentar la Declaración de la Renta
El plazo finaliza el próximo 30 de junio de 2025. Es imprescindible respetar esta fecha para evitar sanciones y recargos por presentación fuera de plazo.
¿Qué ocurre si no presento la Declaración de la Renta a tiempo?
El tipo de sanción dependerá del resultado de la declaración (a devolver o a pagar) y del tiempo de retraso.
Si la Declaración sale a devolver
- Si no se presenta: El contribuyente pierde el derecho a recibir el importe que le corresponde.
- Si se presenta fuera de plazo:
- Multa general: 200 €.
- Reducción a 100 € si se paga antes del requerimiento de Hacienda.
- Reducción adicional a 70 € si se acepta la sanción sin recurrir.
Si la Declaración sale a pagar
Presentación fuera de plazo, pero antes de recibir requerimiento:
- Retraso de hasta 3 meses: recargo del 5% sin intereses.
- Retraso entre 3 y 6 meses: recargo del 10% sin intereses.
- Retraso entre 6 y 12 meses: recargo del 15% sin intereses.
- Retraso superior a 12 meses: recargo del 20% más intereses de demora del 3,75%.
- Posibilidad de solicitar fraccionamiento del pago.
Si Hacienda ya ha enviado un requerimiento:
- Infracción leve: Multa del 50% de la deuda (hasta 3.000 € o sin ocultación).
- Infracción grave: Multa entre el 50% y el 100% si se detecta ocultación de datos.
- Infracción muy grave: Multa entre el 100% y el 150% por fraude o impagos superiores al 50% de la deuda.
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